El Congreso de Quintana Roo aprobó una iniciativa presentada por la gobernadora Mara Lezama para reforzar la seguridad en movilidad, estableciendo que los delitos por daños y lesiones sean perseguidos de oficio.
Con esta reforma, se modificaron el Código Penal y la Ley de Movilidad del estado para garantizar que quienes cometan delitos relacionados con el transporte enfrenten consecuencias firmes y sin impunidad.
En el Código Penal, se agregaron los artículos 107 Bis, 162 Bis y 185 Bis, además de modificaciones al 182. Con estas medidas, las penas por homicidio y lesiones en el servicio de transporte podrán aumentar hasta un 50 %, y si las víctimas son menores de edad o turistas, las sanciones subirán hasta en dos terceras partes.
El Artículo 162 Bis impone penas de dos a seis años de prisión para quienes causen daños al transporte público o privado. Estos delitos serán investigados de oficio.
El Artículo 182 ahora castiga con mayor severidad los ataques a vías de comunicación y medios de transporte, con sanciones de 6 meses a 4 años de cárcel.
En la Ley de Movilidad, se reformaron los artículos 122 y 130, y se añadieron apartados en los artículos 175 y 176, permitiendo la suspensión o cancelación de licencias, permisos y concesiones a quienes cometan delitos en el transporte.
Mara Lezama destacó que estas reformas garantizan la libre elección de los usuarios y promueven la competencia justa entre el transporte público y privado.
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