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Niegan amparo a Lozoya

Encambio Diario Por Encambio Diario
19 noviembre 2019
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Niegan amparo a Lozoya – Este era por la acusación de lavado de dinero.

El Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México negó otorgarle un amparo al ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austín, contra la orden de aprehensión del pasado 25 de mayo, por operaciones con recursos de procedencia ilícita relacionadas con la compra de la empresa Agro Nitrogenados a precios sobrevaluados a Altos Hornos de México.

La defensa legal, a cargo del abogado Javier Coello interpuso un recurso de revisión para impugnar el fallo. La juez dio un plazo de tres días para que Lozoya Austín entregue copias suficientes para notificar a las partes.

En tanto, Luz María Ortega Tlapa, titular del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo, afirmó que existen los elementos de prueba que hacen suponer que Lozoya Austin es presuntamente responsable de la comisión de dichos delitos y consideró infundados los argumentos del ex servidor público, quien señala transgresión a sus derechos humanos.

Pero no sólo eso, la impartidora de justicia argumentó que el juez de control actúo apegado a derecho al acreditar que el ex funcionario actuó de forma dolosa.

“Los datos de prueba existentes en la carpeta de investigación permiten establecer razonablemente la existencia de un hecho con apariencia del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y hacer probable la participación del quejoso en su comisión, ya que se advierte que el quejoso junto con dos sujetos activos actuaron conforme con un plan común para obtener, resguardar en una cuenta aperturada en un país extranjero y posteriormente remitir nuevamente a la Ciudad de México, el dinero que sirvió para la compra del inmueble citado, con la finalidad de ocultar el origen de esos recursos”.

Además agregó que: “Es sabido que aprovechar un cargo público para promocionar la adquisición de una empresa por un precio superior a su valor, con el objeto de recibir recursos del propietario de la empresa adquirida indebidamente y posteriormente ceder esos recursos a otros coimputados con la finalidad de que ellos realicen transferencias para adquirir bienes a su favor, con la finalidad de ocultar su origen constituye una actividad ilícita prevista en la ley como el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita previsto y sancionado en el numeral 400 bis párrafo quinto del Código Penal Federal”.

De acuerdo con el expediente de 100 cuartillas, en noviembre de 2012 se realizaron dos transferencias. Una por un millón 500 mil dólares el 7 de mes, y la otra 13 de noviembre por un millón 80 mil dólares, recursos que se supuestamente fueron para la compra del inmueble.

Asimismo la Ortega Tlapa sostuvo que el juez de distrito responsable no transgredió el principio de presunción de inocencia al emitir la orden de aprehensión, además resolvió que no existen datos que demuestren que tenga arraigo en la Ciudad de México y que el ex director de Pemex, cuenta con los recursos suficientes para darse a la fuga.

“En relación con la necesidad de cautela como lo expuso la agente del Ministerio Público de la Federación, de los datos de prueba se advierte que el quejoso cuenta con capacidad para evadir la acción de la justicia, porque tiene facilidades para salir del país, en atención a que cuenta con recursos económicos, que no tiene arraigo en la ciudad de México”, lo que se acredita con sus declaraciones patrimoniales ante la Secretaría de la Función Pública, de las que se advierte que sus hijos nacieron en el extranjero, aunado a que cuenta con domicilio también fuera de México, “lo que demuestra que podría abandonar nuestro país y refugiarse en el extranjero” advierte la resolución.

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