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La confianza en el árbitro electoral

Marta Romero Por Marta Romero
2 octubre 2026
in Opinión
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La confianza en el árbitro electoral
Juan Correa López

 

Muy pronto tendrá el Consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), que nombrar a quien habrá de asumir la titularidad de la Secretaría Ejecutiva en una coyuntura político electoral neurálgica, cargada y atizada por el desliz que obligó al anterior secretario a dimitir de forma lastimosa.

Así las cosas, corresponde a la presidenta del organismo la facultad de proponer al Consejo a la persona que considere cumple con los requisitos legales, insuficientes en esta ocasión por la coyuntura,porque la postulación requiere adicionalmente generar confianza y si es posible poseer per sé autoridad, que por supuesto no deviene del cargo. La del cargo es otra.

Para ello, el primer filtro está en manos de la presidenta del Consejo;el segundo, está condicionado por la aprobación de cuando menoscinco consejerías con derecho a voto y si eso no llegara a suceder, tendría que designar el Consejo a un o una encargada, que no sería la persona que ya fue propuesta; lo cual, si bien es legal, no sería lo mejor, por el mensaje que enviaría de incapacidad del Consejo para lograr acuerdos internos, lo que dada la efervescencia y polarizaciónpolítica en el ecosistema estatal, que subirá de nivel en la medida que se acerque la jornada electoral, puede ser aprovechado para tratar de deslegitimar el proceso y los resultados electorales.

Sin embargo, aun cuando para nombrar encargada o encargado es indispensable la mayoría, la presidenta dispone de mecanismos que pueden ayudarla a construir la mayoría que demanda el nombramiento, siempre y cuando, ponga en juego todas sus habilidades – que las tiene—para lograr el propósito.

Las circunstancias no están para improvisar ni tampoco para dejar en manos de personas advenedizas, un nombramiento que tiene bajo su responsabilidad la operatividad y la representación legal del Instituto, por lo que quien sea nombrado (a), seguramente el Consejo estará pendiente de que no ocurran frivolidades semejantes a la reciénprotagonizada, que afectó y afecta profundamente la imagen y el quehacer de la Institución.

Esto convoca a sacudirse el lastre y por la naturaleza propia del episodio, a procesarlo con transparencia y pulcritud, para que no sea aprovechado por quienes tengan la intención de deslegitimar los resultados de las elecciones del próximo año.

En manos del Consejo está dar vuelta a la página para superar este serio incidente que afecta la confianza en la Institución, nombrando en un solo movimiento a la persona adecuada para fortalecer al Instituto. A nadie conviene una Institución débil, porque correría el alto riesgo de afectar la legitimidad de quienes triunfen en las elecciones y eso rema contra su razón de ser.

Fortaleza para la eficiencia y la eficacia, que al mismo tiempo produzca confianza, factor clave en toda actividad humana, particularmente en la electoral. Sin confianza no hay nada y la nada es el vacío.

La confianza retroalimenta la fortaleza, pero ésta en un estado democrático de derecho, por sí misma es insuficiente, por lo que debe estar guiada y nutrida de legalidad.

La actividad electoral es uno de los trabajos más delicados de la vida pública, sino es que el más delicado y sensible, sobre todo durante o en la proximidad de un proceso electoral, porque tanto las instituciones electorales organizadoras como la jurisdiccionales, tienen la responsabilidad de organizar y arbitrar – cada una en su esfera de responsabilidad– la competencia electoral, de la que surge el poder político del Estado.

Eso implica, que quienes realizan tareas electorales no sólo se conduzcan conforme a la legislación electoral vigente, sino que sus actos deben generar confianza en la sociedad, en los partidos políticos y en las candidaturas, sin dejar de considerar que los partidos y a quienes postulan, defienden naturalmente sus propios intereses; de ahí, una de las tareas centrales tanto del árbitro electoral, que ademásde tener el imperativo de aplicar la legislación electoral, buscasimultáneamente dentro de la legalidad cuando son necesarios,acuerdos y consensos, como de la autoridad jurisdiccional, queconforme a la leyes de la materia, tiene la misión de procurar justicia electoral.

 

Tags: IEPCTopinión

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