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TEPJF rechaza invalidar prórroga de mandato de líderes de Morena, seguirán hasta 2024

TEPJF rechaza invalidar prórroga de mandato de líderes de Morena, seguirán hasta 2024

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha rechazado por mayoría la solicitud de invalidar la prórroga del mandato de Mario Delgado y Citlalli Hernández en la presidencia y secretaría general de Morena, respectivamente.

La modificación de los estatutos aprobada durante el Congreso Nacional de Morena estableció que ambos dirigentes permanecerían en el cargo hasta el 31 de octubre de 2024. A pesar de que el proyecto de la magistrada Janine Otálora proponía invalidar el tercer artículo transitorio por no haberse incluido oportunamente en las modificaciones y tratarse de una estrategia política, dos votos a favor y cuatro en contra determinaron que la prórroga es válida.

El juicio fue promovido por militantes de Morena, quienes argumentaron que la extensión de la dirigencia violaba el principio de elecciones libres, auténticas y periódicas. La magistrada Otálora expuso que existían tres puntos que invalidaban el artículo: violaciones formales y procesales que impidieron garantizar la transparencia y legitimidad del procedimiento; el deber de renovar la dirigencia partidista; y la vulneración al principio de “cosa juzgada”.

“Es lastimoso que este debate se haya dado en un entorno de presiones tanto en los días previos como lo que pudimos ver en esta sesión pública con los dichos, y que los mismos fueron públicos. Me parece que es sumamente lastimoso para la justicia electoral y la democracia”, lamentó la magistrada Otálora.

Por su parte, los magistrados Felipe Fuentes, Indalfer Infante, José Luis Vargas y Felipe de la Mata consideraron que la determinación está amparada en la autoorganización y autodeterminación de los partidos, establecida en la Constitución.

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El magistrado José Luis Vargas señaló que invalidar esta determinación sería atentar contra un proceso democrático que se dio bajo los parámetros que establecen los estatutos de Morena. El magistrado Infante destacó que la autoorganización y autodeterminación de los partidos políticos es un principio constitucional, y que este artículo no implica una reelección ni una permanencia definida, sino que limita su extensión de mandato hasta el 31 de octubre de 2024, lo que es acorde con los principios de certeza y objetividad que rigen la materia electoral.

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