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Reducen 25% financiamiento a PVEM por usar ‘influencers’ en campañas

Reducen 25% financiamiento a PVEM por usar ‘influencers’ en campañas

El pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una sanción al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) consistente en la reducción del 25 por ciento de su financiamiento anual, que equivale a la cantidad de 118 millones 507 mil 808 pesos, por vulnerar la veda electoral durante el proceso federal 2020-2021, debido a la difusión de diversas publicaciones en la red social de Instagram realizadas por influencers en favor de este partido político.

En la sesión, los magistrados señalaron la responsabilidad directa del partido de las conductas de los influencers pues fue el que activó y dio estrategia “a esa forma de violar la veda electoral”.

La magistrada Gabriela Villefuerte indicó que las publicaciones de personas famosas no fueron genuinas ni espontáneas, por lo que no se pueden colocar en el marco de la libertad de expresión. Fueron contenidos que “lejos de ser genuinos, espontáneos, se convirtieron en propaganda electoral en periodo prohibido”.

Rubén Lara, magistrado presidente de la Sala Regional Especializada, expuso que las manifestaciones de los influencers estuvieron relacionadas con la plataforma electoral del PVEM que utilizaron elementos que establecen un posicionamiento a favor de esta opción política encaminada a influir en las preferencias de la ciudadanía.

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El pleno de manera unánime también resolvió imponer diversas multas a 76 influencers, pero las cantidades serán determinadas para cada caso específico. En este sentido, determinó vincular a la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral (INE) a que haga de conocimiento de esta Sala Especializada la información relativa al pago de multa impuesta a las personas infractoras”.

De igual manera, dará vista a la Secretaría de Gobernación respecto de las cuatro personas extranjeras que publicaron mensajes a favor del PVEM y de las que se calificó la existencia de la infracción por vulneración al periodo de veda electoral.

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