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La Suprema Corte invalida el acuerdo presidencial sobre megaobras y establece sus efectos generales

La Suprema Corte invalida el acuerdo presidencial sobre megaobras y establece sus efectos generales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que la invalidez del acuerdo presidencial que declaraba como obras prioritarias y de interés nacional las megaobras del gobierno federal tiene efectos generales, y no se limita únicamente a la transparencia y acceso a la información pública.

Con una mayoría de seis votos de los ministros, el pleno de la Corte ha establecido que ninguna dependencia de la administración pública podrá invocar el acuerdo presidencial declarado inválido para justificar que las obras son prioritarias y estratégicas en otros aspectos, como evitar estudios, emitir permisos provisionales, acelerar licitaciones o eludir concursos públicos.

De esta manera, el acuerdo ha sido declarado inválido en su totalidad, a pesar de que solo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (Inai), en ejercicio de sus facultades, haya presentado una controversia constitucional ante la SCJN, que ha sido tramitada bajo el expediente 217/2021.

Además, se ha resuelto que la invalidez del acuerdo impugnado no tendrá efectos retroactivos, sino que aplicará a partir de este momento hacia adelante.

A favor 6 ministros

Después de que una mayoría de seis de los once ministros votara a favor de esta postura, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, ha dado por concluido totalmente el asunto, que se originó cuando el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió el llamado “decretazo” el 22 de noviembre de 2021, mediante el cual decidió que toda la información relacionada con sus obras emblemáticas sería considerada como reservada.

La semana pasada, con el apoyo de ocho ministros, el pleno de la SCJN declaró inconstitucional el acuerdo presidencial, ya que la reserva anticipada y generalizada de los datos de las megaobras afectaba el derecho de acceso a la información pública.

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En la discusión de hoy sobre los efectos de esa decisión, los ministros dividieron sus votos, ya que una mayoría de seis votos respaldó que la invalidez del acuerdo fuera general y no se limitara únicamente a la relación entre el Inai y las dependencias públicas en el marco de la información pública.

Los demás ministros, incluyendo a la ministra Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, defendieron la interpretación de que solo se debería invalidar el acuerdo en relación al Inai y las dependencias públicas, pero solo en lo que respecta a la reserva y el acceso a la información.

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