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Darán semanal precio del gas

Darán semanal precio del gas

 

La Comisión Reguladora de Energía publicó el método para establecer la regulación de precios máximos del gas LP; el precio será por región (municipios) y se publicará por medios electrónicos cada sábado.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó la metodología para establecer la regulación de precios máximos de gas LP, en cumplimiento con la directriz de emergencia que emitió la Secretaría de Energía ayer.

De acuerdo con el regulador, el objetivo es que la adquisición de gas LP se realice a precios accesibles, además de que comercializadores, distribuidores y expendedores puedan recuperar sus costos.

Para mitigar los incrementos de precios al usuario final, la CRE utilizará las 145 regiones de precios que se ajustan a los municipios vigentes, establecidas por la Secretaría de Economía (SE).

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La CRE publicará los precios máximos al usuario final por medios electrónicos cada sábado para cada una de las regiones y para cada uno de los municipios que componen las regiones.

Para determinar los precios máximos se estipularon criterios generales, entre los que destacan:

  1. Cada región contará con un precio máximo aplicable a las ventas de gas LP al usuario final.
  2. La diferenciación del precio máximo será en función de los costos de venta asociados a cada región.
  3. Los precios máximos estarán determinados mediante una fórmula que incluye precio máximo aplicable a la región, precio promedio de comercialización por punto de venta aplicable a la región, costo estimado del flete desde el centro embarcador hasta la planta de distribución aplicable a la región, margen de comercialización y factor de ajuste.
  4. Se fijarán precios máximos en función de los servicios asociados a la actividad de distribución de gas LP mediante planta; así como la modalidad de venta, al usuario final.
  5. El precio de comercialización por punto de venta, utilizado en la fórmula corresponderá con el precio de venta reportado para cada una de las regiones.
  6. Los permisionarios deberán observar los precios máximos determinados en en el acuerdo, sin perjuicio del derecho que tienen de negociar precios menores con otros adquirentes y usuarios finales.
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