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Cofece multa con más de 848 mdp al AICM por práctica monopólica

Cofece multa con más de 848 mdp al AICM por práctica monopólica

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), informó que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) cometió una practica monopólica de negativa de trato, al negarle a un usuario la prestación de servicio de autotransporte federal de pasajeros, por lo que será sancionado.

Mediante un comunicado, la Cofece informó que “el aeropuerto ya había sido sancionado por la Cofece por la realización de una práctica monopólica, razón por la que es considerado infractor reincidente, por ello el Pleno de la Comisión impuso una multa de 848,888,633 pesos”.

La Cofece explicó que el AICM se rehusó a proporcionar Transportación Terrestre UNE, impidiendo que UNE ofreciera el servicio del aeropuerto a Puebla y de Puebla al aeropuerto, estableciendo ventajas a favor de 2 permisionarios en la misma ruta.

Esta acción, sin justificación aparenta, otorgó ventajas a los permisionarios sin tener presiones competitivas, que ocasionan una pérdida de bienestar de los usuarios al no tener opciones y menores precios.

Por ello, la Cofece ordenó al AICM suprimir dicha conducta mediante las siguientes acciones:

– Justificar el sentido de las opiniones que emita en términos del artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para la entrada de un nuevo operador, o para el aumento del parque vehicular a permisionarios existentes, con base en consideraciones técnicas y no discriminatorias, exponiendo las razones, motivos y circunstancias que estime aplicables.

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– Garantizar el servicio de acceso en el Aeropuerto, tanto para UNE, en caso de seguir interesado y solicitarlo nuevamente, así como para los agentes económicos que obtengan o hayan obtenido un permiso otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para la prestación del servicio de autotransporte en el Aeropuerto, siempre y cuando se cumplan con los requisitos los que deberán aplicar de manera no discriminatoria

Para ello, el organismo le requerirá al aeropuerto, en cualquier momento, documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas por un periodo de 5 años.

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