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Avalan diputados reformas contra violencia de género

Avalan diputados reformas contra violencia de género

La Cámara de Diputados aprobó diversas reformas en materia de Alertas de Violencia de Género, información de agresores de mujeres y niñas y pensión de viudez.

En el marco del Día Internacional de la Mujer, el pleno de San Lázaro avaló modificaciones a diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para reducir a 45 días naturales el plazo para que la Secretaría de Gobernación resuelva la procedencia de las solicitudes de Alerta de Violencia de Género.

La reforma incluye como peticionarias a las organizaciones de la sociedad civil, colectivas y grupos de familiares de víctimas, quienes podrán solicitar la medida a través de un representante legal.

Además, amplía las causales por las cuales pueden ser solicitadas las alertas, al considerar las omisiones por parte de las autoridades en materia de prevención, sanción e impartición de justicia.

“(La Alerta de Violencia de Género contra las mujeres iniciará su trámite) A solicitud de organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas o por colectivos o grupos familiares de víctimas a través de una persona representante”, señalan las modificaciones al artículo 124 Bis.

El pleno de San Lázaro aprobó también derogar las fracciones II y III del artículo 132 de la Ley del Seguro Social y las fracciones II y III del artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Lo anterior para garantizar el acceso a la pensión de viudez aun cuando no exista un matrimonio de por medio.

La reforma deroga los preceptos que establecen que el cónyuge no tendrá derecho a pensión si el trabajador o pensionados fallece antes de que se cumplan seis meses de matrimonio y, en el caso de mayores de 55 años de edad, si el matrimonio no ha cumplido un año desde su celebración.

La morenista Susana Cano indicó que estas modificaciones son acorde con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional limitar el otorgamiento de la pensión de viudez a la edad del trabajador, además que con ello se eliminan tratos discriminatorios.

La Cámara de Diputados avaló por unanimidad modificaciones a los artículos 2, 8, 38, 41, 42, 45, 48, 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para plantear que a cualquier persona que haya sido sentenciada por ejercer cualquier tipo de violencia contra mujeres, niñas y adolescentes, se le brindarán servicios reeducativos integrales, especializados, gratuitos y obligatorios.

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El pleno de San Lázaro modificó también los artículos 38, 41 y 42 de esta misma ley para incluir la obligación de la Secretaría de Gobernación de generar datos precisos sobre los delitos cometidos contra las mujeres, incluidos los feminicidios.

Lo anterior, a partir de la información generada por las instancias federales y de las entidades federativas.

“(Corresponde a la Secretaría de Gobernación) Coordinar y disponer de la información generada por las instancias federales y de las entidades federativas que permitan tener datos precisos de delitos de violencia en contra de las mujeres, niñas y adolescentes, y de los delitos de feminicidio”, plantea.

Los dictámenes fueron aprobados por unanimidad en el marco del Día Internacional de la Mujer y, a excepción del referente a las Alertas de Violencia de Género que fue enviada al Ejecutivo federal para su publicación, el resto fue remitido al Senado para su discusión y votación.

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