Rechaza Tribunal queja contra Tramo 5 del Tren Maya presentado por DMAS
El proyecto del tramo 5 sur del Tren Maya continúa, así lo expuso el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Distrito ya que señaló que no hay fundamentos suficientes contra el recurso de queja de la suspensión definitiva emitido por DMAS.
El amparo promovido por la asociación Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), la cual logró detener por dos meses las actividades de este proyecto federal, ahora se encuentra en retroceso después del fallo que emitió el Juzgado Primero de Distrito, con sede en Yucatán.
Frente a este caso, la Suprema Corte remarcó que “la falta de autorización en materia de impacto ambiental basta para considerar que las obras que se pretenden realizar pondrán en riesgo el equilibrio natural de un ecosistema”.
Con número de expediente 494/2022 se buscaba anular la sentencia dictaminada por el juez, puesto que anteriormente ya se han expuesto casos particulares como el de Arrecifes de Veracruz (AR 54/2021) o el caso Malecón Tajamar (AR 88/2017), en el cual se violó la norma NOM 059 y otros programas de ordenamiento municipales que no se revisaron exhaustivamente y su impacto ambiental después de ser aprobadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Justificación
Hasta el momento se habían ejecutado tres suspensiones definitivas de esta obra en curso, ya que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), no contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), por lo que FONATUR presentó pruebas en este último amparo de que si contaba con las previsiones adecuadas para realizar el desmonte de la selva en el Tramo 5 sur del Tren Maya.
Finalmente, DMAS señaló dentro de su escrito: “existen varias recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que acreditan que la SEMARNAT en más de una ocasión ha omitido realizar una evaluación exhaustiva de las obras que autoriza, o en perjuicio del derecho humano al medio ambiente y sus principios, permitiendo obras con daños irreparables”.