La Suprema Corte invalida disposiciones de la Ley de Hacienda de Tulum
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 74, fracción V, inciso n), y 138 de la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum, Quintana Roo, debido a que violaban los principios de proporcionalidad tributaria y de gratuidad en el acceso a la información. La resolución fue producto de la Acción de Inconstitucionalidad 20/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Los artículos en cuestión, parte de la Ley publicada el 19 de diciembre de 2022, establecían cobros por dos conceptos:
- Búsqueda de documentos en los archivos del registro civil, un servicio que debe ser realizado por un servidor público y que no debería generar costos adicionales, pues se considera parte de las funciones normales del municipio. La Corte determinó que este cobro violaba el principio de proporcionalidad tributaria, ya que no tiene un fundamento razonable que justifique un costo extra.
- Reproducción de información en copia simple, videocinta y disco compacto, en respuesta a solicitudes de acceso a la información. La SCJN concluyó que el legislador local no justificó adecuadamente el costo de los materiales utilizados para estas copias, lo que contraviene el principio de gratuidad que rige el derecho a acceder a la información pública.
La notificación de la resolución se realizará al Congreso del Estado de Quintana Roo, y también se informará al municipio de Tulum, responsable de aplicar la ley. La resolución tiene efectos inmediatos, una vez que se haya notificado a las partes involucradas.