Grupo Xcaret SCJN: empresa reacciona al fallo
Tras la resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Grupo Xcaret emitió un comunicado en el que reiteró su respeto a las autoridades y confirmó que continuará su defensa legal. La empresa turística señaló que esperará la resolución definitiva una vez concluido el proceso de engrose, y sostuvo que seguirá los cauces jurídicos correspondientes hasta alcanzar una definición final de la controversia en curso.
El fallo de la SCJN y sus implicaciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió revocar la suspensión definitiva que había sido otorgada a Grupo Xcaret, al considerar que los casos donde están en juego derechos colectivos requieren un análisis más estricto al momento de conceder medidas cautelares. Con una votación de siete ministros a favor y dos en contra, el máximo tribunal determinó que la empresa deberá eliminar la simbología maya de su publicidad y plataformas digitales mientras continúa el litigio de fondo.
La ministra María Estela Ríos González, encargada de presentar el proyecto, destacó que la inversión privada no justifica el uso indebido de bienes culturales. Argumentó que el patrimonio cultural tiene un carácter de interés público y social, por lo que debe resguardarse incluso durante el desarrollo del juicio principal. Esta posición se alinea con estándares internacionales que reconocen el derecho de los pueblos indígenas a decidir sobre su identidad y expresiones culturales.
El fallo señala que el giro de la empresa no requiere incorporar símbolos mayas para operar servicios turísticos o promocionarlos ante potenciales visitantes. Además, la Corte concluyó que el patrimonio cultural material e inmaterial pertenece colectivamente a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que su protección es un asunto de orden público e interés social.
Posicionamiento de Grupo Xcaret ante la decisión judicial
A través de su comunicado oficial, Grupo Xcaret expresó que reitera su respeto a la determinación de las autoridades competentes. La empresa señaló que, fiel a su espíritu de apego a la legalidad, continuará los procesos jurídicos pertinentes hasta llegar a la definición final de la controversia. Este posicionamiento refleja la intención de la compañía de agotar todas las instancias legales disponibles para defender su posición.
La empresa turística enfatizó que esta resolución judicial no afecta su operación ni la experiencia de sus visitantes y huéspedes, por lo que sus actividades continúan con total normalidad. Según el comunicado, Grupo Xcaret mantiene su compromiso social con México y su convicción de seguir trabajando de la mano de las comunidades mayas y sus representantes tradicionales desde el respeto, el diálogo y la colaboración.
Sin embargo, es importante destacar que el fallo de la SCJN sí implica cambios operacionales significativos. La empresa debe retirar la simbología maya de sus campañas publicitarias y promocionales mientras se resuelve el litigio de fondo. Para obtener más información sobre cómo este tipo de decisiones afecta a las empresas en México, puedes consultar nuestros análisis sobre regulaciones en Quintana Roo.
Origen del conflicto y proceso legal
El caso tiene su origen en un reclamo vinculado al uso de símbolos, expresiones culturales y costumbres de los pueblos mayas dentro de los espectáculos que ofrece el grupo turístico. El conflicto se remonta a 2022, cuando el Gran Consejo Maya de Quintana Roo presentó una denuncia ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) por el uso de elementos culturales en la promoción de Grupo Xcaret.
Tras una primera resolución, ambas partes alcanzaron un acuerdo y el Consejo retiró la denuncia en agosto de 2023. Sin embargo, otros integrantes de comunidades mayas continuaron el proceso legal. En septiembre de 2024, el INDAUTOR ordenó ejecutar medidas para retirar los contenidos, y ante el incumplimiento, en octubre impuso nuevas disposiciones junto con una multa. Posteriormente, la empresa obtuvo una suspensión en febrero de 2025, la cual fue impugnada en los meses siguientes por autoridades y representantes indígenas.
Durante el juicio, la empresa argumentó que contaba con una autorización para el uso de los elementos culturales, otorgada por el Gran Consejo Maya mediante un contrato de transición por cinco años, con una contraprestación de 15 millones de pesos. No obstante, la ministra ponente argumentó que este contrato no es suficiente para acreditar el consentimiento de todo el pueblo maya asentado en la península de Yucatán, el cual está conformado por mil 24 comunidades.
Debate entre los ministros y argumentos en disputa
El asunto generó un amplio y controvertido debate en el Pleno de la Corte. La ministra Yasmín Esquivel Mossa defendió mantener la suspensión a favor de Xcaret, al sostener que se cumplen los requisitos legales y que la empresa cuenta con autorización del Gran Consejo Maya de Quintana Roo. Esquivel argumentó que retirar el contenido afectaría de forma inmediata a la empresa y pondría en riesgo la materia del juicio, mientras que mantenerlo no genera un daño concreto a la colectividad.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos González enfatizó que la reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024 reconoce el derecho de los pueblos indígenas a decidir libremente sobre su patrimonio cultural. Esta reforma otorga a las comunidades indígenas autonomía para preservar, proteger y desarrollar su patrimonio, así como la titularidad de su propiedad intelectual colectiva. Ríos señaló que este reconocimiento se alinea con estándares internacionales como la Declaración de la ONU, que establece el derecho de los pueblos indígenas a definir su identidad conforme a sus costumbres y tradiciones.
La Corte también consideró que la afectación alegada por la empresa era de carácter meramente económico, lo cual no puede prevalecer sobre el interés colectivo de proteger la identidad cultural del Pueblo Maya. Con esta determinación, se reafirma que la defensa del patrimonio cultural de los pueblos indígenas no puede ser debilitada mediante sentencias que desconozcan su carácter colectivo y su especial relevancia para la identidad de esas comunidades.
Próximos pasos en el litigio
Aunque la SCJN revocó la suspensión definitiva, el caso aún no llega a su fin. El litigio de fondo continúa en proceso, y la empresa tiene derecho a presentar recursos legales adicionales. Grupo Xcaret adelantó que seguirá peleando el caso, pues aún tiene recursos legales disponibles. La empresa espera la resolución definitiva una vez concluido el proceso de engrose, que es el trámite mediante el cual se completa la documentación de la sentencia.
Mientras tanto, la restricción contra el uso comercial de elementos culturales mayas por parte de la empresa se mantiene vigente, al menos mientras se emite una sentencia definitiva sobre el caso. Esto significa que Grupo Xcaret debe eliminar la simbología maya de sus campañas publicitarias, contenidos promocionales y plataformas digitales durante el tiempo que dure el litigio.
La decisión de la SCJN establece un precedente importante en México respecto a la protección del patrimonio cultural indígena. Señala que el Estado tiene la obligación de garantizar el resguardo de dicho patrimonio frente a cualquier uso indebido o no autorizado, incluso cuando se trata de empresas privadas con inversiones significativas en el país.
Impacto en la industria turística y el patrimonio cultural
Este fallo tiene implicaciones más allá del caso específico de Grupo Xcaret. Establece que las empresas turísticas no pueden utilizar elementos del patrimonio cultural indígena sin consentimiento genuino y verificable de todas las comunidades afectadas. La decisión refuerza la protección de derechos colectivos sobre intereses comerciales privados, un principio fundamental en la legislación mexicana contemporánea.
Para la industria turística en Quintana Roo y otras regiones con presencia indígena, la sentencia implica la necesidad de revisar prácticas comerciales que incorporen símbolos, expresiones o costumbres de pueblos originarios. Las empresas deberán buscar mecanismos más robustos de consentimiento que involucren a todas las comunidades relevantes, no solo a representantes específicos.
Desde En Cambio Diario, consideramos que este fallo representa un avance significativo en la protección de derechos indígenas en México. La decisión de la SCJN demuestra que los tribunales mexicanos están reconociendo la importancia de preservar la identidad cultural de los pueblos originarios, incluso cuando esto implica restricciones a actividades comerciales. Te invitamos a seguir nuestro análisis sobre temas de justicia, derechos indígenas y regulaciones en México para mantenerte informado sobre decisiones que impactan a nuestro país.
