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TEPJF rechaza la impugnación de Morena contra la elección de Nuevo León

TEPJF rechaza la impugnación de Morena contra la elección de Nuevo León

Por conformidad, la Sala Superior del TEPJF resistió a la impugnación presentada por Morena en contra del cómputo de la elección para la Gubernatura de Nuevo León, en la que resultó electo el candidato de Movimiento Ciudadano, Samuel García. El Magisterio determinó que la impugnación fue presentada de manera voluntaria, ya que Morena presentó su demanda ante la Comisión Estatal Electoral a pesar de que esta no era la autoridad competente para resolver el asunto. El recurso llegó al Tribunal Electoral local, éste fue desechado, por haber excedido el plazo para la impugnación.
“Se propone confirmar el acuerdo plenario dictado por el Tribunal Electoral del estado de Nuevo León toda vez que, en concepto de la ponencia, la demanda de juicio de inconformidad local relacionada con la elección a la Gubernatura fue presentada de manera extemporánea”, señala el proyecto que fue aprobado por unanimidad.
Al resolver recursos presentados por MC y por Morena, el Tribunal determinó revocar la sentencia emitida el 22 de junio pasado, a fin de que la autoridad local funde y evalúe nuevamente éstas.
Los Magistrados consideraron que la autoridad local no fundó de manera suficiente las razones por las que una actitud intencional y considerada grave, como el uso de imágenes de menores para propaganda por parte de García, fue sancionada de la misma forma que una conducta omisiva, como fue el caso del partido que lo abanderó.
El tribunal indicó que a pesar de que MC faltó a su deber de cuidado, la multa al partido fue de 4 mil 481 pesos, es decir, la misma sanción impuesta a García, pero, en su caso, por una conducta dolosa.
“Respecto a la infracción cometida por el candidato, el Tribunal local valoró una serie de elementos que no analizó respecto al partido, esto se traduce en una falta de fundamentación, y motivación de la resolución impugnada que debe ser corregida por el Tribunal responsable”, señala el proyecto.
La Sala Superior determinó también que son válidos los planteamientos de Morena, en el sentido de que se debe analizar una posible reincidencia en el uso de imágenes de menores de edad en propaganda político-electoral por parte de MC y de García.
En este sentido, consideró que el Tribunal local omitió que durante el proceso electoral 2020-2021 existen cuando menos ocho sentencias dictadas en contra de MC y García, en las que se les han impuesto sanciones por la misma razón.

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