SCJN ordena igualar licencias de maternidad y paternidad en Baja California Sur

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las licencias por maternidad y paternidad deben ser iguales en duración, al considerar que las diferencias actuales violan el principio de igualdad y no discriminación.
El fallo se deriva de la impugnación del artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, que establece 90 días naturales de licencia por maternidad, frente a solo 10 días hábiles por paternidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad, argumentando que la diferencia es discriminatoria hacia los padres, ya sean biológicos o adoptivos. El Pleno de la Corte respaldó esta postura por mayoría, concluyendo que la norma es desproporcionada e injustificada.
Los ministros subrayaron que el cuidado y atención de hijas e hijos recién nacidos debe recaer de manera equitativa en ambos progenitores. Asimismo, destacaron que ambos deben tener derecho a ampliar su licencia en situaciones especiales, como discapacidad o atención médica hospitalaria del menor.
El Congreso de Baja California Sur tendrá un plazo de 12 meses para adecuar su legislación y garantizar que las licencias de paternidad se igualen a las de maternidad.
En la misma sesión, la Corte también consideró regresiva una reforma previa que eliminó la obligatoriedad de salas de lactancia en instituciones públicas y redujo los descansos laborales para la lactancia o extracción de leche materna, lo que representa un retroceso en los derechos de las mujeres trabajadoras.