Publica el DOF el decreto de vacaciones dignas, entrará en vigor el 1 de enero
Este martes fue publicado el decreto de “vacaciones dignas” que modifica artículos de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones en México en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). Entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2023.
Por ello, el periodo mínimo de vacaciones pasa de seis a doce días de descanso continúo en el primer año.
Por lo que el decreto da luz verde a las llamadas“vacaciones dignas”, firmado el lunes por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y el secretario de Gobernación, Adán Augusto López.
Las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes en la fecha de su entrada en vigor, “cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras”.
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo indica que “las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios”.
Por lo que desde el año, se añade ahora, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios.
En tanto, el artículo 78 de la misma Ley queda como sigue: “Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuas, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.