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Es oficial: Publican ley que prohíbe corridas, peleas de gallos y calesas

Es oficial: Publican ley que prohíbe corridas, peleas de gallos y calesas

Es oficial: Publican ley que prohíbe corridas, peleas de gallos y calesas – La Ley de Bienestar Animal ya está en el Periódico Oficial de Quintana Roo.

 

A partir de hoy quedan prohibidas en Quintana Roo las corridas de toros, peleas de gallos y perros, así como el uso de calesas para fines turísticos, con base en las disposiciones de la Ley de Bienestar Animal.

 

Luego de cinco meses de su aprobación por el Congreso de Quintana Roo, este lunes fue publicada dicha Ley en el Periódico Oficial del estado para su entrada en vigor al día siguiente, luego de que un juez del Segundo Juzgado de Distrito ordenara su expedición en un plazo que concluyó este mismo lunes, como parte del amparo promovido por defensores de los animales.

 

Dicho documento indica explícitamente la prohibición de prácticas que representen algún tipo de daño o crueldad a los animales, consideradas por como “tradicionales” en algunos sectores.

Por ejemplo, restringe el uso de animales en vehículos de tracción en vialidades de asfalto, incluyendo las calesas con fines turísticos, famosas en Cozumel.

 

Asimismo, el Artículo 40 fracción XII de esta legislación prohíbe las corridas de toros, vaquillas, novillos y becerros en todo el estado, así como el entrenamiento de animales para su utilización en este tipo de espectáculos.

 

Esta fracción, junto con la referente a peleas de gallos, ha sido una de las más polémicas en la discusión de la Ley, pues los representantes del gremio taurino han alegado que, además de que representa un ingreso económico para cientos de familias, es una tradición de arraigo en la entidad.

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Incluso, en Cancún se anunciaron dos corridas el próximo 20 de diciembre, por el 30 aniversario de la Plaza de Toros.

 

La Ley de Bienestar Animal, del mismo modo, prohíbe el uso de animales en circos, la comercialización de mascotas en la vía pública; el obsequio de animales con fines comerciales o de propaganda política o la utilización de animales en marchas.

 

Las sanciones por incumplir esta Ley van desde el decomiso de los animales, clausura de los centros, instalaciones o locales hasta multas económicas de hasta 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, 16 mil 800 pesos aproximadamente.

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