La Fiscalía General de la República (FGR) en Tabasco informó que cumplimentó una orden de aprehensión contra Roger “N”, a quien se le atribuye la probable portación de un arma de fuego sin licencia en el municipio de Cárdenas. La detención la realizaron elementos de la Policía Federal Ministerial (PFM), y el hombre quedó a disposición de la autoridad judicial para continuar con su proceso penal.
Una orden judicial por no comparecer a audiencia
De acuerdo con lo difundido por la dependencia federal, la captura no fue un hecho espontáneo. Se trató del cumplimiento de un mandamiento emitido por un juez de Control. El caso ya estaba en marcha y el imputado había sido llevado a proceso, pero no se presentó a una audiencia ni justificó su ausencia dentro del plazo fijado. Ante esa omisión, el juzgador ordenó su aprehensión.
La PFM ejecutó la orden y puso al detenido a disposición de la autoridad correspondiente para que el expediente siga su curso.
El origen del expediente: un aseguramiento en enero de 2025
El asunto comenzó en enero de 2025. Según se informó, elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Cárdenas pusieron al hombre a disposición de las autoridades porque llevaba consigo una pistola tipo escuadra con seis cartuchos útiles.
Las diligencias posteriores indicaron que Roger “N” no tenía licencia, permiso ni autorización para portarla. Con ese sustento se integró la carpeta que derivó en el proceso penal.
Qué establece la ley sobre portar armas sin autorización
En México, la portación de armas de fuego está regulada por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Esta exige un permiso o licencia expedido por las autoridades competentes. En el ámbito federal, la Secretaría de la Defensa Nacional es la dependencia que administra el registro y el control de armamento.
La gravedad del delito y la pena dependen de las características del arma, como su calibre y si es de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. Esa clasificación corresponde determinarla a las autoridades en el proceso.
Las audiencias y las medidas cautelares, como la aprehensión por inasistencia, se rigen por el Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece cómo deben conducirse las partes ante un juez de Control.
Cárdenas y las acciones contra la portación ilegal
Cárdenas es el segundo municipio más importante de Tabasco y está en la región de La Chontalpa. En semanas recientes, la FGR en la entidad ha dado a conocer sentencias por portación de armas en distintos municipios, algunas mediante procedimiento abreviado. Puedes seguir sus comunicados en el portal oficial de la FGR, en su cuenta de X y en su página de Facebook. También conviene revisar los canales del Gobierno de Tabasco y la actividad de la Fiscalía General de la República en Wikipedia.
Presunción de inocencia y siguientes pasos
La FGR habla de una probable participación, así que Roger “N” conserva el derecho a la presunción de inocencia mientras no exista sentencia firme. Lo que sigue es que el juez de Control fije fecha para reanudar las audiencias y que se determine su situación jurídica.
Este medio dará seguimiento a los avances del caso conforme las autoridades los den a conocer.
Para más contexto local, consulta la sección de seguridad y la cobertura de Tabasco. en En Cambio Diario.


