Armagedón
“No haréis acepción de personas en el juicio”
Deuteronomio 1:17
De Miranda a Leidi León: realidad discrepante
Alfredo A. Calderón Cámara
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Hay comunicados institucionales que resuelven un problema. Y hay otros que, intentando apagar un incendio, iluminan todos los cuartos que permanecían oscuros. El pronunciamiento emitido este 12 de septiembre por la CONCANACO SERVYTUR México respecto de Manuel Antonio Miranda Hernández pertenece peligrosamente a la segunda categoría. Porque la Confederación quiso establecer una frontera inequívoca frente a las declaraciones políticas y electorales de Miranda
“No habla por nosotros, no representa nuestra posición y no pertenece desde hace años a nuestra estructura gremial nacional”. Gritaron agónicamente, hasta ahí, perfectamente entendible. El problema comenzó cuando CONCANACO decidió acompañar ese deslinde con una declaración contundente: los integrantes de sus Cámaras, consejeros, directivos y representantes deben abstenerse de utilizar el nombre, los recursos, los cargos o la representación institucional para fines políticos, partidistas o electorales durante los procesos de 2026-2027. Mmmm, dijo la muda
Y entonces la discusión dejó de tratar exclusivamente sobre Manuel Miranda. Porque esa misma regla obliga inevitablemente a mirar hacia Canaco Servytur Villahermosa. Y particularmente hacia quien aparece todavía en el directorio oficial de CONCANACO como presidenta de esa Cámara: Leidi Susana León Sánchez y ahí comienza la infausta contradicción. Conviene corregir algo importante. La CONCANACO no acaba de sancionar a Manuel Antonio Miranda Hernández por sus declaraciones de 2026
La sanción es bastante anterior. La Confederación informó que Miranda y otras 26 personas fueron sancionadas con la pérdida definitiva de sus derechos ante CONCANACO mediante el acuerdo 49/105/2021, aprobado el 18 de noviembre de 2021, con base en un dictamen de su Comisión de Honor y Justicia fechado el 5 de noviembre de aquel año. Es decir: Miranda estaba fuera de la estructura gremial de CONCANACO desde hace casi cinco años
Lo nuevo no es la sanción. Lo nuevo es que CONCANACO decidió desempolvarla, hacerla pública nuevamente y utilizarla para deslindarse de sus actuales pronunciamientos electorales. Y eso genera una pregunta bastante incómoda: ¿Por qué una resolución de noviembre de 2021 adquirió súbita urgencia pública en septiembre de 2026? ¿Puede existir una explicación perfectamente institucional?
Quizá Miranda estaba siendo presentado públicamente como consejero y sus declaraciones generaban la impresión de que hablaba en nombre de la Cámara o de la Confederación. De hecho, durante los encuentros políticos de julio en Villahermosa fue identificado públicamente como consejero de la Canaco local, circunstancia que vuelve razonable que CONCANACO obligadamente quisiera precisar cuál era realmente su situación dentro de la estructura nacional
Pero entonces surge otra pregunta. Si Miranda perdió definitivamente sus derechos ante CONCANACO en 2021: ¿Cómo llegó al 2026 apareciendo públicamente como consejero de una Cámara confederada? Tal vez existe una diferencia estatutaria entre tener derechos dentro de CONCANACO nacional y ocupar responsabilidades dentro de una cámara local autónoma. Es posible. Pero precisamente por eso la Confederación debería explicarlo. Porque no puede pedir claridad institucional hacia afuera mientras permite una neblina administrativa hacia adentro
Porque entonces aparece Leidi Susana León y ahí el asunto se vuelve mucho más difícil de justificar únicamente mediante comunicados. El 14 de julio de 2026, Leidi Susana León Sánchez rindió protesta formal como Coordinadora de Acción Política del PVEM en el Distrito 10. No estamos hablando de simpatizar con un partido. Tampoco de acudir a una conferencia. Menos se habla de ejercer el derecho ciudadano de votar por el Verde, Morena, PRI, PRD, PAN o MC
Estamos hablando de aceptar una responsabilidad formal dentro de una estructura partidista. Y simultáneamente seguía presidiendo la Canaco Servytur Villahermosa. Cuando surgió la controversia y se informó que habría dejado la Cámara, ella misma lo negó el 20 de julio. León Sánchez sostuvo públicamente que continuaba como dirigente, que no había presentado su renuncia y que la Ley de Cámaras Empresariales no le impedía realizar actividades políticas a título personal fuera de sus horarios institucionales
Después ocurrió algo todavía más revelador. El 7 de agosto, tras la denuncia presentada por Morena, comunicó que solicitaría licencia temporal por hasta 85 días, precisamente debido a su participación partidista, argumentando que buscaba evitar cualquier vinculación entre sus actividades personales y las funciones institucionales de la Cámara. Traducido del elegante idioma administrativo al español cotidiano: el conflicto que inicialmente se dijo inexistente terminó siendo suficientemente real como para justificar una separación temporal del cargo
Eso no prueba ilegalidad. Pero políticamente pesa y dice muchísimo: “no se puede chiflar y tragar pinole”. Porque si las dos funciones fueran tan sencillas y absolutamente compatibles como se defendía inicialmente, difícilmente habría sido necesario apartarse temporalmente de una de ellas. y aquí la CONCANACO se metió sola en su propia trampa. El comunicado nacional afirma que quienes ostentan representación gremial tienen una responsabilidad institucional superior a sus preferencias personales
Magnífico principio. Difícil, muy difícil acatarlo y discutirlo. CONCANACO también ordena que ninguno de sus representantes utilice: nombre, recursos, cargos o representación de las Cámaras con fines políticos, partidistas o electorales. Pero los principios tienen una característica francamente incómoda para quienes los redactan: después hay que aplicarlos. Y no solamente contra la persona con la que uno desea deslindarse
Si Manuel Miranda merece una aclaración pública porque sus expresiones podrían confundirse con una posición institucional, resulta perfectamente legítimo preguntar qué examen realizó CONCANACO respecto de Leidi Susana, una presidenta de Cámara que aceptó simultáneamente una Coordinación de Acción Política de un partido. Urge respetar los límites, revisar actuaciones y determinar si existió separación real entre ambos papeles. Aquí, parece peligrosamente la administración selectiva de la legalidad bajo una ilegal etiqueta en la frente: De Miranda a Leidi León hay una realidad discrepante
SEPTIMO SELLO
Ubiquemos: el problema no comenzó ni terminó con la militancia personal de Leidi Susana. El 17 de julio, las instalaciones de Canaco Villahermosa fueron utilizadas para una reunión entre dirigentes del PRI, PRD, Somos México y Unión Democrática por Tabasco, presentada públicamente como un primer acercamiento rumbo a 2027 para explorar acuerdos y una agenda política común. Tres días después, Canaco y esos liderazgos presentaron públicamente una agenda conjunta de siete puntos
SEPTIMA TROMPETA
Los participantes aclararon que no habían firmado una coalición electoral y que se trataba de coincidencias sobre problemas de Tabasco ¿Usted les cree? Lo cierto es que nadie debe inventar una coalición donde jurídicamente no existía, pero tampoco se debe fingir que era una reunión de proveedores de papelería. Para nada. La información publicada describió un encuentro entre la Cámara empresarial y dirigentes partidistas, dentro de instalaciones gremiales, en momentos en que ya se discutía explícitamente el escenario electoral de 2027
SEPTIMA COPA
Y ése es precisamente el terreno donde la frontera entre interlocución social y actividad partidista debe examinarse con microscopio. Porque reunirse con partidos no constituye por sí solo una violación. Pero organizar una plataforma político-electoral utilizando identidad, instalaciones, recursos o representación de una institución de interés público es otra historia. Eso es lo que corresponde determinar: no en una conferencia de prensa, no mediante insultos, no desde el PVEM. Sino desde la propia Canaco y mediante un procedimiento formal


