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Ley de Amparo 2025: la reforma detrás del caso Grupo Salinas

Ley de Amparo 2025: la reforma detrás del caso Grupo Salinas. Qué cambió la reforma a la Ley de Amparo vigente desde octubre de 2025 y cómo se relaciona con el pago fiscal de Grupo Salinas al SAT.

Rubén Muñoz Por Rubén Muñoz
29 agosto 2026
in Nacional
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Ley de Amparo 2025: la reforma detrás del caso Grupo Salinas

Ley de Amparo 2025: la reforma que endureció el cobro fiscal y el caso Grupo Salinas

Desde el 17 de octubre de 2025 está en vigor una reforma a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicada un día antes en el Diario Oficial de la Federación. La opinión pública y la oposición la bautizaron extraoficialmente como “Ley Salinas Pliego”, porque su aplicación inmediata coincidió con el desenlace de un litigio fiscal de dos décadas entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y Grupo Salinas, el conglomerado que preside Ricardo Salinas Pliego. Qué cambió la reforma a la Ley de Amparo vigente desde octubre de 2025 y cómo se relaciona con el pago fiscal de Grupo Salinas al SAT. No existe, sin embargo, ningún ordenamiento con ese nombre oficial: se trata de un apodo político para una reforma procesal de alcance general.

Qué cambia la reforma a la Ley de Amparo

El decreto modificó de forma simultánea tres cuerpos normativos y endureció, sobre todo, la defensa legal disponible frente a créditos fiscales ya confirmados por los tribunales. Entre los ajustes más relevantes destacan:

  • El amparo indirecto contra un crédito fiscal firme solo puede promoverse hasta que se publica la convocatoria de remate del bien embargado, y únicamente por irregularidades en el procedimiento de ejecución, no sobre el fondo del adeudo.
  • Para suspender el cobro de un crédito firme, el contribuyente debe garantizar el interés fiscal, preferentemente mediante billete de depósito o carta de crédito.
  • Los jueces cuentan con un plazo máximo de 90 días naturales, contados desde la audiencia constitucional, para dictar sentencia.
  • Se acota la suspensión del acto reclamado cuando un juez considera que puede afectar el interés social, el sistema financiero, la prevención de lavado de dinero o actividades que requieren permisos federales.
  • Se redefine el interés legítimo para exigir una afectación real, actual y diferenciada, no hipotética.
  • Se avanza en la digitalización del juicio de amparo, con un expediente electrónico equivalente en validez al físico.

Un artículo transitorio del decreto precisó que las etapas procesales ya concluidas seguirían rigiéndose por la ley anterior, mientras que las pendientes se ajustarían al nuevo marco. Esa disposición se aplicó a juicios que ya estaban en curso, entre ellos los de Grupo Salinas. El texto completo del decreto puede consultarse en el portal de la Cámara de Diputados.

El litigio fiscal que dio origen al apodo

El conflicto entre el fisco mexicano y Grupo Salinas se remonta a créditos determinados por ejercicios fiscales de 2008 a 2013, principalmente a cargo de Elektra y TV Azteca. El SAT cuestionó el uso de la figura de consolidación fiscal —eliminada del sistema tributario en 2014—, el método de cálculo de pérdidas en operaciones de compraventa de acciones y, según la lectura del propio grupo empresarial, existieron además diferencias de interpretación que derivaron en reclamos de doble tributación.

La deuda original, cercana a los 35 mil millones de pesos, escaló hasta rondar los 51 mil millones tras la acumulación de actualizaciones, recargos y multas por más de una década de litigio. Grupo Salinas siempre sostuvo que no se negaba a pagar, sino que disputaba la interpretación técnica de las autoridades fiscales, y que sus empresas habían aportado ya cientos de miles de millones de pesos en contribuciones ordinarias a lo largo de dos décadas.

El expresidente Andrés Manuel López Obrador mencionó reiteradamente el caso en sus conferencias matutinas como ejemplo de gran contribuyente moroso. Con la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pulso se intensificó: en noviembre de 2025 la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó los últimos amparos que mantenían abierta la disputa, dejando a las empresas del grupo sin más recursos legales para retrasar el pago.

El acuerdo de pago y su cumplimiento hasta ahora

En enero de 2026, Grupo Salinas acordó liquidar 32,133 millones de pesos (un descuento de alrededor del 37% respecto de los 51 mil millones exigidos) en 18 parcialidades, con un primer desembolso de 10,400 millones de pesos. El conglomerado señaló públicamente que asumía el pago “no por convicción”, sino para cerrar el litigio.

Meses después, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó que, del total acordado, el grupo había cubierto poco más de 13,979 millones de pesos, equivalentes a 43.5% del adeudo, y que el resto se seguiría cubriendo en abonos mensuales hasta julio de 2027. Por separado, Grupo Salinas ha difundido en sus canales propios, su página en Facebook y su perfil de LinkedIn, por ejemplo que, sumando pagos ordinarios y los derivados de litigios, sus empresas han aportado al fisco mexicano más de 300 mil millones de pesos entre 2005 y 2026.

Qué busca el gobierno con la reforma

El Ejecutivo federal presentó la iniciativa no como una reforma fiscal general —que Sheinbaum ha evitado impulsar— sino como una medida de eficacia recaudatoria y de igualdad ante la ley. Hacia mediados de 2025, cerca de 196 mil 500 asuntos por más de dos billones de pesos permanecían litigados en tribunales, muchos de ellos estancados durante años por amparos sucesivos y recursos en cascada.

El gobierno sostiene tres objetivos declarados: recuperar una parte relevante de esos créditos fiscales en disputa, evitar que el juicio de amparo se use como herramienta dilatoria por parte de contribuyentes con capacidad para litigar indefinidamente, y financiar programas sociales e infraestructura sin necesidad de una reforma fiscal generalizada ni de más endeudamiento público.

Voces críticas, entre ellas constitucionalistas y organizaciones de derechos humanos, advierten que la reforma debilita al amparo como instrumento de control constitucional y que su aplicación inmediata a juicios en curso tuvo una “dedicatoria” evidente hacia el caso Salinas. El gobierno y el propio SAT han insistido en que se trata de un asunto estrictamente legal y administrativo, no político, mientras que Salinas Pliego ha atribuido el desenlace a una campaña en su contra, derivada de sus críticas públicas al gasto gubernamental.

El alcance más allá de un solo empresario

La reforma no se limita al caso de Grupo Salinas: alcanza a otros grandes deudores fiscales en sectores como casinos, minería y maquila, que enfrentan el mismo esquema restringido de defensa legal frente a créditos firmes. El caso Salinas fue, sin embargo, el primero y el más visible en el que se aplicó de manera inmediata tras la entrada en vigor del decreto, y sigue siendo la referencia obligada para entender el nuevo equilibrio entre la recaudación fiscal y el derecho de amparo en México.

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Tags: Claudia SheinbaumGrupo SalinasLey de Amparoreforma fiscalRicardo Salinas PliegoSAT

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