Ciudad de México. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reportó este 28 de agosto de 2026, durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, que en lo que va de la actual administración federal —de octubre de 2024 a agosto de 2026— sumó 2,395 personas a la Lista de Personas Bloqueadas (LPB) e inmovilizó 24,622 cuentas bancarias con recursos por 8,670 millones de pesos. UIF bloquea 24,622 cuentas y $8,670 mdp ligados al crimen. El titular del organismo, Omar Reyes Colmenares, precisó que casi una de cada tres de esas cuentas está directamente vinculada con integrantes de organizaciones criminales de mayor presencia en el país.
Reyes Colmenares expuso el balance ante medios como parte de un ejercicio de rendición de cuentas que la dependencia realiza de manera periódica, y detalló que el mecanismo se sostiene en cuatro etapas: detección de operaciones inusuales, análisis de inteligencia financiera, incorporación a la lista de bloqueados y coordinación con el Gabinete de Seguridad para golpear la estructura económica de los grupos delictivos.
Cifras del bloqueo financiero: un crecimiento acelerado entre 2024 y 2026
El comportamiento anual de los indicadores muestra una tendencia claramente ascendente. En materia de personas incorporadas a la lista de bloqueados, la cifra pasó de 18 sujetos en 2024 a 730 en 2025, y escaló hasta 1,647 en lo que va de 2026. En el rubro de cuentas inmovilizadas el salto fue todavía más pronunciado: de 184 congelamientos en 2024 se llegó a 6,942 en 2025 y a 17,496 en 2026.
Del total de 24,622 cuentas bloqueadas, el funcionario detalló que 7,861, equivalentes al 31.9 %, corresponden a integrantes de organizaciones criminales de mayor incidencia, es decir, prácticamente una de cada tres. Además, dentro de ese universo, 1,443 cuentas (5.9 % del total) están relacionadas con investigaciones de extorsión, delito que la administración federal atiende de forma prioritaria desde julio de 2025 mediante la Estrategia Nacional contra la Extorsión.
La UIF insistió en que la inclusión en la LPB es una medida preventiva y de carácter administrativo, no una determinación de culpabilidad penal. El organismo se limita a detectar y analizar reportes de operaciones inusuales remitidos por bancos e instituciones financieras; la investigación de posibles delitos corresponde al Ministerio Público, y la determinación de responsabilidad penal, a un juez.
El respaldo legal: la reforma de 2022 y el aval de la Suprema Corte
La facultad de la UIF para ordenar bloqueos se sustenta en el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y en el procedimiento previsto en el artículo 116 Bis 2, reformado por el Congreso de la Unión en marzo de 2022. En abril de este año, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, con una votación de seis contra tres, que ese artículo es constitucional y que la dependencia puede ordenar el congelamiento de cuentas sin necesidad de una orden judicial previa cuando existan indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
El máximo tribunal sostuvo que la medida no constituye una sanción penal ni sustituye las funciones del Ministerio Público, sino que se trata de una acción cautelar y preventiva orientada a proteger la integridad del sistema financiero. La persona o empresa afectada conserva el derecho de audiencia ante la propia UIF, con plazos acotados para solicitarla y para que la autoridad resuelva, además de la posibilidad de impugnar posteriormente por la vía administrativa o mediante juicio de amparo.
El nuevo criterio contrasta con lo ocurrido en administraciones anteriores, cuando una parte considerable de los recursos bloqueados terminó siendo liberada por resoluciones judiciales o administrativas, de acuerdo con reportes sobre la gestión de titulares previos de la UIF.
Distribución geográfica y coordinación con el Gabinete de Seguridad
El mapa presentado por la UIF ubica a la Ciudad de México como la entidad con más cuentas congeladas, con 2,300, seguida de Jalisco (1,185), Nuevo León (955), Sinaloa (723) y Baja California (356); estas cinco entidades concentran alrededor de 5,519 cuentas. Otras entidades con registros relevantes incluyen el Estado de México, Tamaulipas, Tabasco, Morelos, Nayarit, Guanajuato, Puebla y Chihuahua, lo que evidencia una cobertura prácticamente nacional del mecanismo.
Reyes Colmenares subrayó que la estrategia se ejecuta en coordinación con el Gabinete de Seguridad y con autoridades internacionales, entre ellas la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (OFAC), además de organismos como el Grupo Egmont, FinCEN y FINTRAC, así como con la Asociación de Bancos de México. La UIF, que se integró formalmente al Gabinete de Seguridad tras la llegada de Reyes Colmenares en agosto de 2025, encabeza además la Mesa de Prevención de Lavado de Dinero. Puede seguirse la información oficial de la dependencia a través de su cuenta en X (@SHCP_mx).
Otros avances presentados: el caso García Luna
En la misma conferencia, la UIF informó sobre avances en la recuperación de activos vinculados al caso del exsecretario de Seguridad Pública Genaro García Luna, con la recuperación de aproximadamente 5.8 millones de dólares provenientes de una póliza de fianza y de la venta de propiedades ubicadas en Florida, Estados Unidos.
Reyes Colmenares, abogado egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con trayectoria en áreas de inteligencia, fue designado titular de la UIF en agosto de 2025 en sustitución de Pablo Gómez.
El debate pendiente: eficacia versus garantías
El crecimiento sostenido de los bloqueos entre 2025 y 2026 refleja una intensificación de la estrategia financiera contra el crimen organizado, pero también ha reabierto el debate sobre los contrapesos al nuevo esquema. Especialistas y voces críticas han señalado que, si bien el 31.9 % de las cuentas está vinculado a estructuras criminales identificadas, el resto del universo bloqueado incluye otro tipo de operaciones irregulares —desde presunta corrupción hasta evasión fiscal u otros delitos— que no necesariamente derivan en sentencia. Con menos frenos judiciales inmediatos que en el pasado, el mecanismo gana eficacia operativa, aunque exige vigilar que el derecho de audiencia y la presunción de inocencia se respeten en cada caso. La UIF sostiene que su actuación parte siempre de reportes bancarios objetivos y que el procedimiento de defensa está garantizado por ley.
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