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Tribunal exige liberación de exagente del CISEN en caso Colosio

Tribunal exige liberación de exagente del CISEN en caso Colosio, Jorge Antonio Sánchez Ortega, señalado como segundo tirador en el caso Colosio

Rubén Muñoz Por Rubén Muñoz
7 julio 2026
in Nacional
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Tribunal exige liberación de exagente del CISEN en caso Colosio

Un tribunal federal ordenó este mes la liberación inmediata de Jorge Antonio Sánchez Ortega, exagente del extinto CISEN a quien la Fiscalía General de la República (FGR) había señalado como el presunto “segundo tirador” en el homicidio del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio. La decisión judicial no exculpa a Sánchez Ortega de manera definitiva ante la opinión pública, pero sí desmonta jurídicamente la acusación construida en su contra: los magistrados concluyeron que la acción penal ya había prescrito y que, además, el expediente carecía de elementos suficientes para sostener la imputación en los términos planteados por la fiscalía.

Qué resolvió el tribunal sobre el caso Colosio

El Primer Tribunal Colegiado en Materia de Apelación, con sede en el Estado de México, revocó el auto de formal prisión que un juez había dictado el 15 de noviembre de 2025 en contra de Sánchez Ortega y ordenó su libertad inmediata respecto a la acusación vinculada al homicidio de Colosio. De acuerdo con la resolución, los magistrados determinaron que la acción penal por homicidio simple intencional quedó prescrita a más tardar el 23 de marzo de 2015, es decir, veintiún años después del magnicidio ocurrido en Lomas Taurinas, Tijuana, el 23 de marzo de 1994. Bajo esa lógica, cualquier actuación procesal reactivada después de esa fecha ya no tenía sustento legal para mantener vivo el proceso penal.

Por qué ordenaron su libertad

El tribunal explicó que la FGR retomó las indagatorias hasta 2021, reabrió formalmente el caso en 2022 y ejerció acción penal en 2023 y, nuevamente, en 2025, cuando el plazo legal para perseguir el delito ya se había agotado por completo. A esa falla temporal se sumó un segundo argumento de fondo: según la sentencia, los indicios existentes sobre dos disparos y la posición de los presuntos tiradores no bastaban, por sí solos, para demostrar un acuerdo previo entre Mario Aburto y Jorge Antonio Sánchez Ortega, ni para acreditar premeditación, alevosía o coordinación en el ataque contra el candidato presidencial.

La debilidad probatoria

Los magistrados consideraron insuficiente el material presentado por la fiscalía para probar que Sánchez Ortega conocía la ubicación exacta del otro presunto tirador, que tenía información sobre el momento preciso del ataque, o que participó en la selección del lugar y en la mecánica de la agresión. En la cobertura publicada por El Universal se recoge en el mismo sentido que el tribunal no halló pruebas contundentes que vincularan a Sánchez Ortega con el homicidio, y que el delito que se le imputaba tenía ya doce años de haber prescrito para el momento en que la FGR volvió a ejercer acción penal.

La recaptura del exagente del CISEN

Sánchez Ortega, quien perteneció al extinto Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), fue recapturado en noviembre de 2025 por la FGR, que lo acusó de haber participado como segundo tirador en el magnicidio de Colosio. De acuerdo con la reconstrucción publicada por El País, la propia línea de investigación de la fiscalía había cobrado fuerza desde 2024, cuando la dependencia afirmó contar con un amplio conjunto de pruebas para reforzar esa hipótesis, aunque en un primer momento un juez se negó a girar una orden de aprehensión en su contra.

El expediente completo del caso, incluidas las actuaciones históricas de la fiscalía, puede consultarse en el portal oficial de la FGR, mientras que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mantiene un registro documental sobre el caso de Jorge Antonio Sánchez Ortega. Antecedentes de revisiones judiciales previas del caso Colosio también pueden consultarse en el sistema de consultas temáticas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Las nuevas condiciones del caso Colosio

En términos estrictamente informativos, esta resolución no declara judicialmente esclarecido el magnicidio de Colosio ni cierra el debate histórico sobre si hubo o no un segundo tirador. Lo que hace es desactivar el proceso penal específico contra Sánchez Ortega, por dos razones concretas: la prescripción del delito y la debilidad probatoria de la imputación construida por la FGR en este expediente particular.

El ángulo más relevante para el análisis político no es solo que el tribunal rechazó la teoría operativa del “segundo tirador” en este caso concreto, sino que expuso una falla temporal grave de la fiscalía: reactivó penalmente un caso cuando, según los propios magistrados, la acción ya estaba legalmente extinguida. Este episodio se suma a otros debates recientes sobre el caso, como la discusión pública en torno a un eventual indulto para Mario Aburto, y reabre preguntas sobre el manejo institucional que ha tenido la FGR de expedientes históricos vinculados a agencias como el extinto CISEN.

Tags: CISENColosioFGRjusticiaMario AburtoPrescripción penalTijuana
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