Semovi emite normas para los uniformes de choferes del servicio de transporte público
La Secretaría de Movilidad (Semovi) informó este 26 de abril sobre las normas referentes a los uniformes que deben portar los choferes y operadores del servicio de transporte público.
A través de un comunicado se especificó que con fundamento en el artículo 40 de la Ley de Movilidad del Estado de Tabasco, la institución indicó las siguientes disposiciones, las cuales serán de carácter de obligatorio tanto para concesionarios, permisionarios y choferes u operadores del servicio de transporte público.
Estas son las disposiciones:
- Es de cumplimiento obligatorio para los concesionarios, permisionarios y choferes u operadores del servicio de transporte público.
El uniforme de los choferes u operadores del servicio de transporte público se compondrá por: Camisa color blanca, que podrá ser manga larga o manga corta. - Pantalón de vestir color beige o azul marino.
- Calzado a elección del chofer u operador.
- De manera opcional, el uniforme podrá incluir el logo de la empresa o unión para la cual laboran los choferes u operadores.
- El uniforme se portará de manera obligatoria de lunes a domingo, durante la jornada laboral.
- Queda prohibido el uso gorras, sombreros, gafas oscuras y cualquier otro accesorio que impida la identificación del chofer u operador.
- Al brindar el servicio, los choferes u operadores deberán portar a la vista del usuario, el tarjetón o gafete de identificación autorizado por la Secretaría de Movilidad.
Y en caso de alteración o falta del uniforme, serán aplicadas las sanciones establecidas en la normativa vigente.
Por último, se especificó que la dependencia otorgó un plazo de 30 días hábiles para dar cumplimiento a los lineamientos, a cuál entrará en vigor al día siguiente una vez publicado en sitios oficiales.