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Castigarán con hasta 7 años de cárcel a quienes tomen casetas en México

Castigarán con hasta 7 años de cárcel a quienes tomen casetas en México

A partir de este miércoles 23 de febrero de 2022 se castigará con prisión la toma de casetas o que sean utilizadas para cobrar dinero a los automovilistas que circulan en las autopistas de todo el país, al entrar en vigor un decreto que reforma la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publica el decreto firmado por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), en el que se indica que se reforma el primer párrafo del artículo 533 de dicha ley.

Al artículo referido se le modificaron algunos términos, primero se determina que se sancionará a las personas que dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación.

En la versión original de la ley se determinaba que se sancionaría a la persona, de manera individual, de actos relacionados con dañar, perjudicar o destruir las vías generales de comunicación.

Con la reforma, ahora se castigará a los grupos de personas que participen en estos ilícitos.

En la versión original no se castigaba con cárcel la obstrucción del tránsito vehicular para obtener un lucro y la operación de los servicios de peaje, es decir, la toma de las casetas por grupos de personas que, en algunas zonas del país, lo hacen para cobrar dinero a los automovilistas y permitirles el paso, sin pagar el peaje en la caseta.

Ahora se castigará con pena de prisión la toma de casetas y que se pida dinero a los automovilistas que crucen una caseta de pago; es decir que, “para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje”.

También se modificó la sanción penal. Se redujo el periodo de prisión y el monto del pago de las multas correspondientes por realizar estos actos delictivos.

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Antes, estos delitos se castigaban con una pena que iban de los 2 a los 9 años de prisión y con el pago de una multa de 200 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que al valor de este martes correspondería a más de 19 millones de pesos.

Con la reforma, la pena de prisión será de 3 meses a 7 años de cárcel y al pago de una multa que puede oscilar entre las 100 y 500 unidades de medida y actualización, es decir, entre 9 mil 622 pesos y 48 mil 110 pesos, al valor actual.

La reforma entrará en vigor a partir de este miércoles 23 de febrero, según lo difundió la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

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