Castigo Penal a crímenes de odio
Este fin de semana el Congreso de Quintana Roo aprobó reformas al Código Penal para incorporar el elemento de odio como agravante en delitos de homicidio y lesiones, motivados por orientación sexual, identidad sexogenérica, expresión de género, condición social o económica, origen étnico o social, nacionalidad o lugar de origen, color de piel, lengua, religión, ideología, edad, discapacidad, apariencia física, estado civil u ocupación de la víctima.
El Pleno aprobó con 18 votos a favor y cero en contra, la iniciativa presentada desde el 2 de marzo de este año, por el diputado de Morena, Edgar Gasca Arceo, que modifica la fracción I y se adiciona un párrafo sexto de dicha fracción del artículo 106 del Código Penal del estado.
La iniciativa establece que se presume que existen motivos de odio cuando el sujeto activo del delito se ha expresado de manera personal, por redes sociales o por algún medio de difusión, en rechazo, repudio, desprecio o intolerancia contra el colectivo de personas al que pertenezca la víctima.
Indica que hubo odio cuando se hayan infringido a la víctima lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, con acentuación de tortura, saña y especial violencia; o cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público o cuando la víctima se haya encontrado en estado de indefensión.
Con la aprobación se sancionará como una circunstancia agravante a las personas que buscan provocar lesiones físicas o incluso la muerte a otra persona por razones de odio.
Al aprobarse la iniciativa, Quintana Roo se suma a la lista de entidades en donde ya se castigan los crímenes de odio, como ocurre en Jalisco, Chiapas, Sinaloa y la Ciudad de México, con la diferencia de que aquí se fue más allá, al no centrarse solamente en causas de odio por orientación sexual, identidad sexo genérica y expresión de género, sino abarca condiciones económicas, raciales, sociales e ideológicas.