TEPJF exhortó al presidente AMLO limitarse en el contenido de sus conferencias matutinas
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador ajustar el contenido de sus conferencias matutinas, que se realicen entre el 15 de julio y el 1 de agosto, es decir hasta la conclusión de la Consulta Popular 2021, con la finalidad de evitar que los recursos públicos del Gobierno federal se usen con fines proselitistas.
El presidente deberá ajustar el contenido de sus “mañaneras”, es decir, deberá abstenerse de promocionar su imagen y logros de gobierno, en el proceso de revocación de mandato y en futuros procesos electorales para no incidir en dichos ejercicios de participación ciudadana.
Además de ajustar el contenido de sus “mañaneras”, la Coordinación de Comunicación Social deberá publicar en las cuentas oficiales y sitio de internet oficial del Gobierno de México el extracto de la presente sentencia, identificada por el expediente SRE-PSC-21/2021, durante un periodo de cinco días naturales.
Se ordenó dar vista a la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral del INE para que investigue, y en su caso, en ejercicio de sus atribuciones, inicie un procedimiento relativo a la posible actualización de alguna infracción electoral por parte de los titulares del CEPROPIE y de la Coordinación de Comunicación Social y Vocería de Presidencia, así como a quien pudiera resultar responsable.