Tumba SCJ partes de la ´Ley Garrote´ en Tabasco
VILLAHERMOSA, TAB.-Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la constitucionalidad de una serie de reformas al Código Penal de Tabasco, o bien llamada ‘Ley Garrote’, y determinó la invalidez de varios de sus artículos.
Los artículos que quedaron sin efectos son el 196 bis, 299, 308 y 308 bis, pero avaló los artículos 307 y 196, propuesta impulsada por el Ejecutivo Estatal.
En su oportunidad el Congreso del Estado aprobó esta legislación y la justificó para la protección de las inversiones y en evitar el abuso de manifestaciones en contra de obras de infraestructura.
Lo anterior derivó que las comisiones Nacional y Estatal de los Derechos Humanos (CNDH y CEDH) se inconformaron ante la SCJN.
El ministro ponente fue José Fernando Franco González y el tema generó una intensa discusión en sus considerandos, pero al final el pleno concluyó que los artículos invalidados violan la taxatividad e incluso son ambiguos o redundantes.
También se mencionó que si bien podrían perseguir un fin legítimo como lo es la protección del patrimonio, “la medida resulta desproporcionada porque podría criminalizar los derechos de libertad de expresión, reunión y protesta”.
Ante la diferencia de criterios de los ministros, se determinó suspender la discusión de los efectos de esta resolución y dejarlos pendientes para una segunda sesión que se realizará el lunes.